La CNMC ha sancionado con 310.000 euros a las empresas, Next Touch Telecom, S.L. y Dataline Personal, S.L., por el uso
inadecuado de dos números cortos (11864 y 11854) durante el pasado año 2014.
El rango de números cortos que comienzan por 11xxx sólo pueden emplearse para
prestar el servicio de consulta telefónica sobre números de abonado, y no como venían hacendo las 2 empresas sancionadas, para prestar servicios para adultos.
Las sanciones acordadas son:
- A Next Touch Telecom, S.L. : multa de 280.000 euros por incumplimiento con el número corto 11864;
- A Dataline Personal, S.L.:multa con 30.000 euros por incumplimiento con el número corto 11854.
La investigación ha probado que durante un periodo de tiempo
determinado se lanzaron a los usuarios llamadas masivas de corta
duración desde numeración móvil y después de un único tono se cortaba la
señal para evitar que el usuario descolgara. Cuando los abonados
devolvían la llamada, accedían a una grabación que ofrecía servicios
para adultos e incitaba a llamar a los números de teléfono 11854 y 11864.
El "Modus operandi" era el siguiente: cuando el usuario devolvía la llamada a cualquiera de ambos números, una grabación informaba de forma muy rápida del nombre del operador Next Touch, así como del coste de la llamada. A continuación, contesta la operadora y el usuario le indica que ha
recibido un mensaje de “Ana”, la operadora le solicita una serie de datos como el nombre, su edad y su localización, y le transfiere con una señorita que responde al nombre de Ana. La citada señorita ofrece al usuario mantener un encuentro y relaciones sexuales.
recibido un mensaje de “Ana”, la operadora le solicita una serie de datos como el nombre, su edad y su localización, y le transfiere con una señorita que responde al nombre de Ana. La citada señorita ofrece al usuario mantener un encuentro y relaciones sexuales.
De cualquier manera es importante destacar que la CNMV NO entra en el Fondo de este "negocio", sino tan sólo en la numeración elegida por las empresas sancionadas para llevarlo a cabo, posiblemente porque permite unos cobros mayores a los usuarios, haciéndolo más rentable.
La decisión puede ser recurrida ante la Audiencia Nacional en el plazo de 2 meses.
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